
Catalina Salgado Rodríguez, defendió su memoria de prueba titulada “Procedencia del recurso de protección por omisiones provenientes de los instrumentos de gestión climática establecidos en la Ley Marco de Cambio Climático”.
La investigación fue desarrollada bajo la dirección del profesor Dr. Oscar Reicher Salazar y se enmarca en los objetivos del proyecto ANID FONDECYT de Postdoctorado N.º 3250673, relativo a la coordinación entre instrumentos de gestión hídrica y cambio climático, del cual es investigador responsable el Prof. Reicher.
La tesis examina si el recurso de protección puede utilizarse para exigir judicialmente el cumplimiento de las obligaciones que la Ley N.º 21.455, Marco de Cambio Climático, impone a los órganos del Estado respecto de la elaboración e implementación de los instrumentos de gestión climática.
Según explicó la autora, el trabajo surgió a partir de la necesidad de determinar el papel que puede desempeñar esta acción constitucional frente a la inactividad de la Administración en materia climática.
“Mi tesis analiza si el recurso de protección puede utilizarse para exigir judicialmente el cumplimiento de las obligaciones que la Ley Marco de Cambio Climático impone al Estado en la elaboración e implementación de los instrumentos de gestión climática. La investigación surge a partir de una inquietud sobre el rol que puede desempeñar esta acción cautelar frente a la crisis climática, especialmente cuando la inactividad de la Administración puede comprometer la eficacia de las políticas públicas y la protección de los derechos fundamentales”, señaló Catalina Salgado.
Entre sus principales aportes, la memoria distingue entre las omisiones relacionadas con la elaboración de los instrumentos climáticos y aquellas vinculadas con su implementación. Asimismo, propone una serie de condiciones para determinar cuándo dichos incumplimientos pueden ser sometidos al control de los tribunales.
La investigación sostiene que no toda insuficiencia o inactividad en materia climática puede ser corregida mediante un recurso de protección. Para ello, es necesario identificar un deber jurídico suficientemente determinado, una autoridad obligada, una persona o grupo expuesto a un riesgo concreto y una relación jurídicamente verificable entre la omisión y la amenaza o afectación de un derecho fundamental.
“Entre sus principales conclusiones, la investigación sostiene que el recurso de protección puede constituir una herramienta eficaz para controlar determinadas omisiones estatales en materia climática, siempre que exista un deber jurídico claro cuyo incumplimiento amenace o vulnere derechos fundamentales. Asimismo, distingue entre los deberes de elaboración y de implementación de los instrumentos de gestión climática, identificando las condiciones en que cada uno puede ser objeto de control judicial”, indicó la estudiante.
El profesor guía, Dr. Oscar Reicher, destacó la pertinencia de la investigación y su contribución al desarrollo de la litigación climática en Chile.
“La Ley Marco de Cambio Climático creó una arquitectura compleja de estrategias, planes y medidas que obliga a distintos órganos del Estado. Uno de los desafíos actuales consiste en determinar qué ocurre cuando esos deberes no se cumplen y cuáles son los límites de la intervención judicial. La tesis de Catalina ofrece una propuesta rigurosa para distinguir entre omisiones jurídicamente exigibles y materias que todavía permanecen dentro del ámbito de decisión técnica o discrecional de la Administración”, señaló el académico.
El profesor agregó que uno de los aspectos más relevantes del trabajo es la diferenciación entre instrumentos de mitigación y adaptación, especialmente en relación con la legitimación activa, la causalidad y la determinación de los riesgos climáticos.
“En materia de adaptación, los riesgos suelen manifestarse en territorios y comunidades identificables, por ejemplo, frente a incendios, inundaciones, sequías u olas de calor. En mitigación, en cambio, la relación entre una omisión estatal y sus efectos puede ser más difusa, debido al carácter global y acumulativo del cambio climático. La investigación aborda correctamente estas diferencias y propone criterios para evitar que el recurso de protección se transforme en una acción general de revisión de las políticas públicas”, sostuvo.
La memoria también analiza jurisprudencia nacional y comparada, incluyendo decisiones dictadas en Chile, Suiza y Pakistán, con el objeto de examinar los deberes positivos de los Estados, la legitimación de las personas y organizaciones afectadas y el alcance de las medidas que pueden adoptar los tribunales frente a omisiones climáticas.
La investigación abre, además, nuevas posibilidades de desarrollo académico en torno a la exigibilidad de los instrumentos climáticos, la naturaleza jurídica de sus disposiciones y los límites del control judicial sobre la actuación de los órganos del Estado.
La comisión que evaluó la defensa de la memoria de prueba estuvo integrada por la Prof. Verónica Delgado Schneider y la Prof. María Ignacia Sandoval, junto al Prof. Reicher.
