
En este trabajo, el profesor Manuel Barría Paredes´, analiza el nuevo art. 19 bis de la Ley N° 14.908, que establece una regla de prescripción para el cobro de alimentos legales devengados. Hasta antes de la entrada en vigencia de esta norma, la prescripción de esta acción se sujetaba a las reglas generales del Código Civil, con soluciones distintas en algunas materias, según el análisis de la jurisprudencia nacional, lo que se pretendía mejorar con la citada nueva regla. Sin embargo, de su revisión se desprende que aún persisten algunas dudas, en relación con el inicio del cómputo del plazo de prescripción, su interrupción y con la suspensión de esta en favor del alimentario o alimentaria, lo que se pretende aclarar.
Este artículo se enmarca dentro del proyecto de investigación VRID 2022000477INV, “La prescripción de la acción para exigir el pago de alimentos devengados”, de la Universidad de Concepción, del cual el profesor Barría fue investigador responsable.
Cabe destacar que la Revista se encuentra indexada en Scopus, en el 2° quartil.
